27/06/2022

Confirmaron condena contra un abusador

Confirmaron condena contra un abusador

El Tribunal de Impugnación de la provincia rechazó el recurso de impugnación ordinaria presentado por el defensor de un sujeto condenado a la pena de tres años y seis meses de prisión. 

Los jueces Miguel Cardella, Carlos Mussi y Adrián Zimmermann, rechazaron la impugnación defensiva del defensor de un sujeto condenado a la pena de tres años y seis meses de prisión por el delito de abuso sexual simple agravado por haber sido cometido contra una menor de 13 años, aprovechando la convivencia preexistente con la víctima.

La sentencia en cuestión, le impuso la condena al agresor por hechos ocurridos entre los meses de marzo y abril del año 2017, en horas de la noche, en el interior de un domicilio, ocasión en la que abusó sexualmente de la menor, de 11 años de edad, aprovechando que se encontraba a su cuidado ya que convivían allí.

Para los jueces del TI: "La sentencia, contiene las respuestas a los agravios presentados porque primero estableció la metodología para el análisis de la prueba, que es tomar como elemento principal el testimonio de la víctima y luego corroborarlo con otros indicios y pruebas independientes que no dejen lugar a la duda razonable y ese análisis “debe ser contextual de manera que el hecho que se juzga pueda apreciarse en el marco de circunstancias fácticas anteriores concurrentes y posteriores y sin dejar de considerar las relaciones genéricas, jerárquicas y vinculares entre las partes. Por otro lado, debe propiciarse un análisis conglobado de las pruebas que exponga conclusiones racionales derivadas de inferencias del conjunto -sin fragmentación de los elementos aportados- con elevada fuerza inductiva”, ello con perspectiva de género y perspectiva de niñez (página 9 del fallo).

Concluyeron entonces que, "En conclusión no se acreditan los agravios de la Defensa, al no estar en presencia de una sentencia arbitraria e injusta, toda vez que la decisión jurisdiccional se sostiene en el testimonio único creíble de la víctima que se corrobora con la prueba presentada en juicio. De tal modo la impugnación es rechazada".

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