CONFIRMAN TRASLADOS AL PENAL DE CHOELE CHOEL

| 20/05/2022

Policías van a la cárcel a casi 12 años de la masacre del 17 de junio de 2010

Policías van a la cárcel a casi 12 años de la masacre del 17 de junio de 2010
Foto: Facundo Pardo
Foto: Facundo Pardo

Víctor Cufré, Argentino Hermosa y Darío Pil ya fueron trasladados por el Servicio Penitenciario y resta aún que se concrete la medida en relación a Jorge Villanova, Marcos Epuñan y Víctor Sobarzo, que permanecen alojados en un calabozo de la Comisaría 36 de Dina Huapi. La jueza Romina Martini rechazó los planteos defensivos y confirmó la decisión que ordenó su alojamiento definitivo para el cumplimiento de la condena que les impusieron por los trágicos hechos del 17 de junio de 2010.

Todos fueron condenados a cuatro años de prisión y ocho de inhabilitación especial para desempeñar cargos públicos y utilizar armas. Cufré era el secretario de Seguridad de Río Negro, Jorge Villanova y Argentino Hermosa eran jefes policiales, mientras que los restantes eran empleados. Les atribuyeron la responsabilidad en el asesinato de Sergio Cárdenas. No se determinó durante el juicio si tuvieron participación en la muerte de Nicolás Carrasco, en el marco de una jornada funesta que derivó en las lesiones de otros tantos jóvenes de los barrios de la ciudad.

La condena ya está firme y provisoriamente los condenados estaban detenidos en distintas dependencias policiales, pero a disposición del Servicio Penitenciario Provincial, con el seguimiento de la jueza de Ejecución Penal, Sandra Ragusa. Al quedar firme la sentencia, el SPP ordenó el acondicionamiento de un sitio dentro del Penal de Choele Choel para su alojamiento y la jueza Ragusa confirmó la decisión.

Pero el defensor particular Sebastián Arrondo había cuestionado la medida y la jueza Romina Martini le concedió un plazo de 24 horas para que oficie un cuestionario de preguntas a la ministra de Seguridad y Justicia Betiana Minor, que a su vez tendría otras 24 horas para contestar.

Reanudada la audiencia, la defensa informó que no había recibido respuesta al oficio y requirió el auxilio judicial, pero la petición fue desestimada por la jueza que alegó cierta inactividad de la parte al momento de producir la prueba.

Uno de los puntos más importantes del cuestionamiento defensivo estaba dirigido a la seguridad de sus pupilos al verse directamente con el resto de la población carcelaria, lo que por su condición de policías los pondría en serio riesgo.

Al respecto, concluyó la jueza Martini que es responsabilidad del Servicio Penitenciario velar por la seguridad de los internos que permanecen bajo su cuidado y deberá en tal caso arbitrar los medios necesarios para resguardarlos, cuando los acusados hagan uso de espacios comunes dentro del penal.

El día 17 de junio de 2010, luego de la muerte del adolescente Diego Bonefoi a manos del cabo policial Sergio Colombil, ocurrió una protesta masiva en los barrios del Alto de la ciudad que se congregó en los alrededores de la Comisaría 28 ubicada por entonces en Onelli y Pablo Mange.

Pero la respuesta policial fue desorganizada, desmedida, anárquica y dispararon contra la multitud hasta con balas de plomo, ocasionando la muerte de Sergio Cárdenas y Nicolás Carrasco y las lesiones graves y leves que sufrieron Lucas Gallardo, Jorge Marillan, Patricia Santos, Jonathan Oses, Felipe Fusiman, Héctor Riquelme, Yamila Muena, Franco Saldivia, Rubén Mena, Sandro Bonefoi, Ruth Mariqueo, Ramón Fernández y Matías Iberra, durante las horas que siguieron.

Cufré, Villanova y Hermosa fueron condenados como jefes de la organización policial, mientras que los agentes Pil, Epuñán y Sobarzo, fueron identificados como algunos de los empleados policiales que portaban escopetas, con las que dispararon contra los manifestantes, en algunos casos cargadas con postas de plomo.

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