JUICIO CONTRA UN ABUSADOR

| 22/10/2021

Ya están seleccionados los intergantes del segundo jurado popular en Bariloche

Ya están seleccionados los intergantes del segundo jurado popular en Bariloche

En audiencia llevada a cabo en la mañana de hoy fueron seleccionados las mujeres y hombres que conformarán el segundo jurado popular de la tercera circunscripción judicial, que tendrán a su cargo el juzgamiento de un hombre acusado de delitos contra la integridad sexual de una persona menor de edad. 

Durante tres días,  -27, 28 y 29 de octubre-  el acusado será juzgado por dos hechos de abuso sexual agravado y el debate se desarrollará en la sala principal del edificio Pilmayquen, apropiada para la dinámica que  exige el protocolo diseñado para un juicio por jurados en el contexto de pandemia. Incluye la participación de 12 jurados, el Ministerio Público Fiscal y la Defensa, todo bajo la dirección técnica del juez de juicio Bernardo Campana.

Bajo este criterio, se establecerán turnos para la declaración de la denunciante, testigos y peritos. Este juicio no será público, debido al doble plus protectivo por ser una niña la víctima y el tipo de delito que se debatirá. Desde las áreas  de comunicación se garantizará la información, con los recaudos que el caso requiere en pos de la protección de la intimidad de quien resultara víctima.

Cabe recordar que las 12 personas seleccionadas y los suplentes que integrarán el jurado popular son  de Bariloche y de otras localidades que  forman parte de la tercera Circunscripción Judicial. En este marco también se expusieron las excusaciones y recusaciones que indica el Código Procesal Penal, que propone  la integración de un jurado mixto, plural e imparcial.

Como se mencionara la dirección de todas las instancias del juicio estará a cargo del juez técnico, en este caso el juez  de Juicio Bernardo Campana.  La parte acusatoria, el Ministerio Público Fiscal estará integrado por el Fiscal Jefe Martín Lozada y el Fiscal César Lanfranchi. La defensa del  imputado la ejercerá un  abogado particular.

El Código Procesal Penal de nuestra provincia indica que resultan incompatibles para ejercer el cargo de jurado quienes se desempeñen como  abogados, funcionarios públicos, auxiliares de justicia, integrantes de la policía y fuerzas de seguridad, sacerdotes, pastores y personas que hayan sido condenadas por delitos dolosos.

Este acto procesal forma  parte de la agenda del Poder Judicial,-aún en el contexto de las restricciones-, a lo dispuesto por  la normativa que prevé la participación de los ciudadanos que conformaran el jurado.

Las personas que fueron designadas jurados,  no necesariamente deben tener conocimientos de Derecho. El jurado resolverá en base a todo lo que vio y escuchó durante el juicio, guiado por su buena fe y sentido común. Al prestar juramento, en el comienzo del juicio, los jurados prometen "Examinar y juzgar con imparcialidad y máxima atención". De todos modos antes de pasar a la deliberación el juez a cargo, les explicará todos los aspectos jurídicos relevantes del caso. La deliberación será absolutamente secreta con reserva por parte de los jurados.

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