JUEZ LES HABLÓ A LAS VECINAS QUE PROTAGONIZARON DILATADO CONFLICTO

| 16/05/2021

"Solo ustedes tienen el botón para desactivar este problema, no es el sistema penal el que les permitirá vivir tranquilas, en paz y buena vecindad"

"Solo ustedes tienen el botón para desactivar este problema, no es el sistema penal el que les permitirá vivir tranquilas, en paz y buena vecindad"
Imágenes ilustrativas
Imágenes ilustrativas

El juez Bernardo Campana dictó la absolución de Patricia Laciar (46) y su hija Agustina Cabezas (23), quienes enfrentaron un proceso acusadas por los delitos de lesiones leves cometidos en perjuicio de su vecina, Yolanda Montenegro. El caso había transitado diversas instancias de negociación, pero no logró alcanzar un acuerdo y acumuló en el tiempo más de sesenta denuncias cruzadas por agresiones. Sus viviendas están separadas apenas por una pared y el juez las invitó a reflexionar y mirar para adelante.

Según apuntó una fuente judicial, no se trata del único caso en los tribunales que tiene a las mismas personas como protagonistas. De hecho, hay constancias de más de sesenta denuncias que las involucran. Denuncias de un lado y de otro. Insultos, piedrazos, botellazos, gritos, agresiones. Nada parece ponerle fin al desencuentro entre mujeres, que viven medianera mediante.
El hecho concreto por el que se realizó el juicio ocurrió en septiembre de 2017, cuando Laciar y Cabezas agredieron física y verbalmente a Montenegro, aplicándole golpes de puño y puntapiés en diversas partes del cuerpo, y le provocaron lesiones de carácter leve. Ambas fueron acusadas como coautoras. Además de eso, a Laciar le atribuyeron otro hecho similar en calidad de autora.
Pero esa acusación que planteó la fiscal Alejandra Bartolomé no pudo acreditarse a criterio del juez Bernardo Campana, quien dispuso la absolución por el beneficio de la duda, tomando varios elementos aportados por el defensor oficial Marcos Miguel. En su sentencia, más allá del análisis técnico de las pruebas, el magistrado dedicó varios párrafos para hablarle directa y claramente a las involucradas.
"Antes de dar a conocer mi decisión me parece sumamente importante trasmitirles a las personas involucradas en este conflicto algunas ideas o quizás anhelos. No está en discusión que lamentablemente han existido agresiones entre ustedes y que esas agresiones o molestias han sido recíprocas y se han extendido por años, haciendo de sus vidas casi un infierno. Cuando uno regresa a casa busca refugio, tranquilidad, disfrutar de la familia, de los hijos o seres queridos, incluso de las mascotas".


"En la audiencia del día lunes quedó en evidencia que ni Yolanda ni tampoco Patricia o Agustina pueden acceder en su casa a esas pequeñas y también grandes cosas que de alguna forma nos permiten llegar a ser felices", anticipó Campana y siguió: "Nada de eso ocurre, no hay tranquilidad en sus casas, no hay descanso, no está la posibilidad de disfrutar realmente de la familia e incluso este conflicto, el cual sin dudas excede los hechos objeto de esta causa, ha sido motivo de una separación personal, aquella producida entre Yolanda y quien fuera su pareja".
"Creo sinceramente que el remedio de toda esta situación está en sus manos, en que cada una de ustedes pueda olvidar, dar vuelta la página de lo que ya pasó y mirar hacia adelante. Pero ese mirar hacia adelante debe involucrar a la vecina Patricia, a la vecina Yolanda y a la vecina Agustina y ver en ellas lo que son, una persona con sus virtudes, pero también defectos, miedos, enojos y problemas", espetó el magistrado.
"Es muy importante que se reconozcan entre ustedes como personas y también mujeres que día a día se esfuerzan en cuidar a su familia, estudiar, trabajar o incluso acercarle un plato de comida a quien hoy lo necesita. Solo ustedes tienen el botón para desactivar este problema, no es el sistema penal el que les permitirá vivir tranquilas, en paz y buena vecindad. Quizás a la luz de la ley, de la razón, se logren resultados que para una u otra parte sean reconfortantes, impliquen un reconocimiento público de tal o cual situación, pero lo cierto es que seguirán viviendo una al lado de la otra y, entonces, la solución debe darse allí, pared de por medio".
En su larga expresón hacia las partes, Campana advirtió: "Quizás una primera actitud sea reconocer internamente que nadie tiene una verdad absoluta de todo, que la vida y la realidad tienen matices, que una frase determinada, una mirada distinta, puede no generar nada o que esa misma frase o mirada, a una persona con un mal día o que transita problemas de diverso orden, puede ser la gota que derrame el vaso. Todos somos humanos y sabemos a qué me refiero. Para solucionar esto hace falta tolerancia, respeto y reconocimiento de la otra, quien no es tan distinta, quien vive al lado de mi casa y a quien puedo ayudar bajando la música para que descanse, ayudándola en sus tareas, reconociéndola con unas pocas palabras de cortesía como puede ser 'buen día vecina, que tenga una buena jornada', pequeños gestos que entrañan grandes cosas, nada más y nada menos reconocer en la otra una persona similar a uno, con defectos y también grandezas".


"Saben que como juez e incluso antes de la audiencia de debate intenté algún acercamiento que no fue posible. Se realizó entonces la audiencia de juicio, declararon los y las testigos y cada una de ustedes dijo lo que considera su verdad. Vale decir que a cada una de ustedes las vi preocupadas más por el futuro, por ser reconocidas y no molestadas que por el resultado de este debate, pues bien el futuro está en sus manos", aseveró el juez Campana.
En la sentencia se apuntó: "Hay un resultado pues así lo marca la ley. Quizás alguien pueda decir que ganó, pero a mí me queda la íntima convicción de que acá y sobre todo en este tipo de casos que hacen a la relación de vecindad es difícil afirmar que alguien ganó algo, por el contrario me parece que este juicio puede ser trascendental si pudo ser el primer momento en el cual se han podido escuchar" y siguió: "Les pido que reflexionen mucho, que ahora que van a saber cuál es mi decisión, aquella parte que considere que se ha reconocido su posición la utilice como el punto final de la cuestión y también el punto de partida para una nueva relación con la vecina. La otra parte quien por ahí puede creer que el resultado no la tuvo en cuenta, desde ya le digo que eso no es así, también considero que ha sido auténtica, que dio su parecer y lo hizo de buena fe, pero en este caso considero que la prueba no ha sido suficiente. También exhorto a esa parte a dar vuelta la página y a mirar distinto y actuar de diferente manera".
En lo estrictamente técnico, el magistrado adelantó: "Tras analizar el caso concluí que hay dudas insuperables y que por tanto corresponde absolver de culpa y cargo a las acusadas, pero como dijo el defensor oficial, he arribado a esa decisión por el beneficio de la duda".

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