15/06/2018

Jueces del Foro Penal se capacitan en sistema oral acusatorio y juicio por jurados

Jueces del Foro Penal se capacitan en sistema oral acusatorio y juicio por jurados

Organizado por la Escuela de Capacitación del Poder Judicial de Río Negro, se desarrollan tres jornadas dedicadas al sistema oral acusatorio y juicio por jurados, destinada a jueces del foro penal de la Tercera Circunscripción.

La coordinación docente de esta actividad, que se realizará en dos tramos, está a cargo del Juez del Tribunal de Impugnación de Neuquén Dr. Fernando Zvilling y del Juez del Tribunal Oral Nro. 5 en lo Criminal del Departamento Judicial de La Matanza, Buenos Aires.

Ambos coordinadores forman parte de Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales INECIP y han participado como expositores y capacitadores en juicio por jurados en Santiago de Chile y Monterrey México.

En este modulo de capacitación se trabajará con modalidad de taller y plenarios, con casos a analizar.

El sistema de juicio por jurados comenzará a aplicarse en marzo del año próximo. Los juicios ante jurados populares se utilizarán para los delitos más graves y siempre que el fiscal anticipe, en una audiencia previa, que pedirá una pena igual o mayor a 12 años de prisión. Si el fiscal anuncia una pena menor, el juicio será ante los jueces técnicos.

El jurado será de 7 ciudadanos cuando el fiscal anticipe que pedirá una pena de entre 12 y 25 años de prisión. Será de 12 miembros si el fiscal anticipa que pedirá una pena mayor.

En el juicio recibirán, sin intermediarios, todas las pruebas, testimonios y alegatos. Con esa información deberán decidir si la persona acusada es o no es culpable del delito.

Para llegar al veredicto el jurado discutirá en una sesión absolutamente secreta. Esa deliberación puede durar hasta dos días. Para asegurar su tranquilidad en ese lapso, podrán pedir un régimen de resguardo o incomunicación.

En los jurados de 12 miembros, alcanza con 10 opiniones para declarar la culpabilidad. En los jurados de 7 miembros, se alcanza la mayoría con 6 opiniones de culpabilidad. Si no se obtienen esas mayorías la persona acusada debe ser absuelta, porque significa que el jurado tiene dudas y no está seguro de estar ante el culpable. (Fuente: Prensa Poder Judicial de Río Negro)

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