30/05/2018

Seguros y su cobertura: qué se debe tener en cuenta ante un accidente de tránsito

Seguros y su cobertura: qué se debe tener en cuenta ante un accidente de tránsito

Cuando se produce un choque, generalmente, el vehículo sufre daños. Para saber quién cubre la reparación o el pago por destrucción total hay que determinar el tipo de accidente sufrido, la responsabilidad, el seguro contratado y los límites autorizados.

Por Silvana Alonso

En el momento del siniestro hay que conseguir los datos del seguro del otro vehículo interviniente y determinar quién es el responsable del hecho. Es vital anotar toda la información del otro auto y de su conductor.

Luego hay que realizar la denuncia en la compañía de seguros propia. Es importante saber que esto debe notificarse dentro de los 3 días de lo ocurrido.

Si el choque provocó daños en el vehículo deberán ser cubiertos por la aseguradora del responsable del accidente salvo que la póliza contratada fuera contra todo riesgo o cuando el presupuesto por daños supera el valor del vehículo.

En el primer caso, cuando la póliza es contra todo riesgo la cobertura será el monto del presupuesto por los daños materiales y si existe estipulada una franquicia la tendrá que pagar el asegurado pudiendo pedir el reintegro al responsable del accidente salvo que se configure una “destrucción total”.

Si se trata de un choque que provocó daños materiales en el vehículo de tal envergadura que supera el valor del auto y se configura el supuesto de “destrucción total”, la compañía de seguros contratada deberá liquidar la póliza; es decir, pagar la suma asegurada contra la entrega y baja del vehículo que sufrió el siniestro o de acuerdo al procedimiento estipulado en la póliza de manera específica.

La Ley de Seguros y las sentencias judiciales concuerdan en que el monto que podrían tener que pagar las compañías de seguros no es el valor de reposición del vehículo sino que es el monto estipulado en la póliza contratada. Por ello es importante verificar la suma asegurada para saber cuál será el valor máximo que deberían pagar las compañías de seguros en caso de siniestro y si existen otras estipulaciones contractuales que determinen algún otro tipo de procedimiento u ofrecimiento para el supuesto de “destrucción total”.

Además, el asegurado, para reclamar el pago de un 100% del monto asegurado, deberá presentar el certificado de baja del automotor por destrucción expedido por el Registro Seccional que corresponda en cumplimiento con el  artículo 5° del Decreto 744/2004, reglamentario de la Ley 25.761.

Para el supuesto que la aseguradora se demore en la liquidación de la póliza o se reconozca un valor inferior a la suma asegurada es recomendable leer detenidamente la póliza contratada y asesorarse sobre la viabilidad de iniciar una acción legal por cumplimiento de contrato y/o daños y perjuicios de acuerdo a cada caso.

Se deja aclarado que siempre hay que evaluar el caso específico y lo expuesto no implica un asesoramiento al reclamo puntual sino solo sugerencias de cómo proceder ante situaciones análogas.

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