25/04/2018

Habilitaron suspensión de juicio a prueba por tenencia Ilegal de arma de fuego

El Juez de Juicio Gregor Joos habilitó la suspensión de juicio a prueba por el término de un año en relación a Lorenzo Omar Castro , argentino, mayor de edad, luego de escuchar en audiencia oral y pública a la Fiscalía y a la Defensa. En la ocasión el Fiscal César Lanfranchi -h- recordó que esta causa proviene del sistema procesal penal anterior y consignó que el hecho imputado ocurrió el 2 de Octubre de 2015 a las 9,40 horas en el interior de la vivienda que ocupaba Castro. Allí se procedió al secuestro de un arma de fuego de uso prohibido y de fabricación casera, calibre 22 y con aptitud de disparo. Asimismo en su auto Fiat Palio fueron secuestrados dos cartuchos calibre 14, los que tenía sin autorización. El hecho fue calificado como "Tenencia ilegal de arma de fuego".

Las partes acordaron arribar a esta suspensión de juicio a prueba ante el ofrecimiento por parte del hombre imputado, -asistido por el Defensor Oficial Juan Pablo Laurence-, de abonar la suma de tres mil pesos y donar una heladera con frezeer. Tanto la suma aludida como el electrodoméstico será destinado al hogar "Emaus" de esta localidad.

El Juez Joos habilitó el pedido, atento la escala penal del hecho que se ha imputado y la falta de antecedentes penales de Castro. Se contó además con la anuencia de la Fiscalía, en consecuencia, se acreditaron los extremos que exige esta vía judicial. Antes de finalizar la audiencia, se hizo saber al imputado que deberá respetar las pautas, es decir mantener el domicilio , abonar la suma ofrecida y la donación de una heladera con freezer en perfecto estado para Emaus y/o otra entidad. No abusar de alcohol y prohibición de consumo de estupefacientes. Se ha notificado a Castro que en caso de incumplimiento será revocada la suspensión otorgada.

Cabe señalar que la suspensión de juicio a prueba es una vía judicial alternativa que permite suspender el juzgamiento de un acusado si éste acepta someterse a una serie de pautas de conductas y cargas que le impone el Tribunal, como realizar tareas comunitarias, ofrecer una reparación económica y/o pagar la multa prevista para el delito imputado. (Prensa Poder Judicial de Río Negro)

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