UN OBRERO MURIO ELECTROCUTADO Y OTRO SUFRIO LESIONES GRAVISIMAS

| 17/04/2018

Indemnizaron a las víctimas por un fatal accidente de trabajo y fueron sobreseídos

Los responsables de una empresa de construcciones resultaron sobreseídos en el marco de una audiencia penal, tras un acuerdo total entre las partes involucradas en el proceso.

Los investigaban por negligencia en el marco de un accidente de trabajo en el que dos empleados sufrieron una fuerte descarga eléctrica mientras trabajaban en tendido eléctrico domiciliario justo debajo de una línea de alta y media tensión.

El luctuoso suceso ocurrió el 22 de diciembre de 2011 mientras una cuadrilla realizaba el trabajo de instalación de la red de distribución eléctrica domiciliaria del barrio 270 Viviendas de la ciudad. Mientras intentaban colocar en su posición final una columna metálica, los dos operarios recibieron una fuerte descarga eléctrica al producirse un arco voltaico por la cercanía del poste, con una línea de alta y media tensión que circulaba justo encima de ellos.

Como consecuencia del hecho, Miguel Ángel Lefiñir falleció en el acto, mientras Gastón Eduardo Pinilla sufrió lesiones de carácter gravísimas y al día de hoy padece las consecuencias psicofísicas.

La empresa para la que trabajaban era Oriente Construcciones SA y varios de los máximos responsables de la afirma fueron acusados. Juan Armando Castelli en calidad de presidente; Andrés Castelli en carácter de encargado; Ricardo Zurman como encargado de Higiene y Seguridad, Marcelo Mario Vidondo jefe de obra; Adalberto Huenelaf como capataz y Rubén Darío Verdinelli, vicepresidente de la empresa.

A todos les atribuían la violación al deber de cuidado y actuar con negligencia al haber omitido supervisar a sus dependientes en relación al cumplimiento de exigencias técnicas reglamentarias para la ejecución de una obra como la que realizaban.

Según lo establecido por la normativa aplicable a la obra y la acusación fiscal no se respetaron distancias respecto a la línea aérea superior que pasaba por el lugar ni se requirió el corte del suministro de energía sobre la misma, se utilizaron columnas más altas de las que originalmente se había estipulado en el proyecto y todo ello se combinó con una ausencia total de controles previos, ni simultáneos a la tarea y según la misma acusación, la contratación de personal que no reunía las condiciones y capacidades suficientes y calificadas para evaluar el riesgo de la tarea asignada.

Así fue como cuando realizaban el movimiento de la columna para ubicarla en su posición final, con el extremo superior de la misma pasaron a muy pocos centímetros de la línea de 33Kv, generando un arco voltaico y una consecuente descarga eléctrica a tierra que impactó sobre los damnificados dejando como saldo una muerte y un obrero mutilado.

Al momento de realizarse una audiencia dirigida por el juez de Garantías Juan Martín Arroyo, la fiscal Betiana Cendón refirió que en diciembre del año pasado, en una conciliación desarrollada por el Ministerio Público Fiscal se había arribado a un acuerdo global de indemnización entre las partes y que a la fecha el mismo había sido cumplido.

En ese contexto la familia del operario fallecido y el obrero accidentado, se mostraron satisfechos con el acuerdo celebrado, no existiendo motivos para continuar con la causa penal en trámite.

Por ello, en el marco de la aplicación de un Criterio de Oportunidad, la fiscalía prescindió del ejercicio de la acción penal, instando el sobreseimiento definitivo de los acusados. Su petición encontró obvia adhesión de la parte defensiva representada por Juan Pablo Álvarez Guerrero. No estuvieron presentes en la audiencia, aunque anticiparon su aceptación a la resolución del caso los abogados Marina Schifrin y Joaquín Rodrigo, representantes de las partes querellantes.

El juez Arroyo cerró la audiencia disponiendo el sobreseimiento de los acusados y remarcó que en el sistema actual de la Justicia, “el juez no puede ir más allá de la acusación”.

Te puede interesar
Ultimas noticias