25/02/2018

Comienza juicio por delito de homicidio culposo de Camila Arabarco

Mañana comienza el juicio al único imputado por el delito de homicidio culposo agravado del que resultara víctima Camila Arabarco, ocurrido el 2 de abril de 2017. La fiscal Betiana Cendón ntentará, mediante diversos elementos de pruebas colectados demostrar la responsabilidad del acusado en la comisión del hecho.

La representante del Ministerio Público Fiscal, consideró al momento de formular los cargos que el accionar del imputado fue negligente y antirreglamentario, toda vez que omitió circular con cuidado y prevención, de acuerdo a lo normado en la Ley de Tránsito Nacional. Consideró además como agravante, que condujo el automóvil por encima del límite de velocidad máxima permitida.

Los hechos descriptos en la acusación, encuadran en el delito de Homicidio Culposo, agravado por la conducción negligente, antirreglamentaria de un automotor, en exceso de velocidad y sin habilitación correspondiente en carácter de autor (de acuerdo a los artículos 84 bis y 45 del Código Penal). En virtud de esto la fiscal Cendón, al momento de la audiencia de control de acusación manifestó que la pena a solicitar, oscila entre 4 a 6 años de prisión más la pena de inhabilitación de 8 a 10 años para conducir, para este caso en particular.

El Código Penal refiere específicamente en su artículo 84 bis que "la pena será de prisión de tres (3) a seis (6) años, si se diera alguna de las circunstancias (conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo con motor causare a otro la muerte)". Agrega además "las circunstancias en las que el conductor se diere a la fuga o no intentase socorrer a la víctima siempre y cuando no incurriere en la conducta prevista en el artículo 106, o estuviese bajo los efectos de estupefacientes o con un nivel de alcoholemia, o estuviese conduciendo en exceso de velocidad de más de treinta (30) kilómetros por encima de la máxima permitida en el lugar del hecho". Al igual que si condujese estando inhabilitado para hacerlo por autoridad competente, o violare la señalización del semáforo o las señales de tránsito que indican el sentido de circulación vehicular.

En tanto que referido a la pena de inhabilitación para conducir el Código Penal estipula un máximo de diez años.

La prueba en la que la fiscalía sostiene su teoría del caso y presentará en la audiencia de mañana cuenta con testimonios de testigos de actuación, vecinos que acudieron en auxilio de la víctima, su amiga cercana, informe del perito accidentólogo designado, testimonio del médico forense que elaboró la autopsia, informes del Cuerpo de Seguridad Vial de esta ciudad, personal policial del Gabinete de Criminalistica que se desempeñó en el lugar del hecho, entre otros.

El hecho endilgado

Se le atribuye al acusado el hecho acontecido el 2 de abril de 2016, cerca de las 4:00 horas, en la intersección de las calles Pitíos y Diucas del B° Pájaro Azul de esta ciudad. En esas instancias condujo su vehículo, junto a la víctima, a una velocidad de 86,53 Km/h. Previo a una intersección de calles, perdió el control del vehículo e impactó contra un árbol ubicado al frente de una vivienda. Como resultado del mismo, la menor fallece en el instante, producto de las lesiones producidas.

Te puede interesar
Ultimas noticias