27/12/2017

Confirmaron condena a doce años de prisión por homicidio

- OCURRIO EN UNA FIESTA DE CUMPLEAÑOS -  El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro rechazó un recurso extraordinario federal que pretendía llevar a revisión la sentencia que condenó a uno de los dos autores del crimen de Noé Gabriel Ravicule, ocurrido en marzo de 2016 en El Bolsón.

Los jueces del máximo tribunal rionegrino ya habían confirmado la sentencia dictada por los jueces Miguel Gaimaro Pozzi, Marcelo Barrutia y Erika Fontela. La defensa pretendió llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación y presentó un recurso extraordinario federal, pero el mismo fue rechazado por el STJ, validando nuevamente la condena de doce años de prisión.

Cuadrado fue hallado culpable por la muerte de Noé Gabriel Ravicule, ocurrida el 21 de marzo de 2016, en un domicilio del barrio Usina de El Bolsón. En el lugar, varias personas -entre las que se encontraba la víctima-, compartían la velada con abundante ingesta alcohólica mientras festejaban un cumpleaños. Cerca de la medianoche se presentaron el acusado y Cristian Vallejos, luego de haber estado tomando alcohol en un bar.

Ante su nivel de ebriedad y su estado de exaltación, quienes asistían al festejo les solicitaron que se retiren, por lo que Cuadrado y Vallejos se alejaron del lugar profiriendo insultos. Apenas minutos después regresaron e ingresaron al predio. Vallejos portaba un arma de fuego de puño para la cual no tenía autorización legal y apuntó a Luciana Apodaca, María Laura Ravicule, David Garachico y a Lucrecia Alejandra Ñanco, diciéndoles que los iba a matar.

Mientras ello ocurría, Cuadrado se dirigió a Noé Ravicule, lo atacó a golpes de puño hasta derribarlo y allí empuñando un arma blanca tipo cuchillo, de 22 centímetros de largo, lo apuñaló en cinco oportunidades ocasionándole una pluralidad de heridas cortantes. Una lesión ubicada en el cuello lastimó la arteria carótida y ello derivó en una profusa hemorragia que lo condujo a la muerte en pocos minutos.

Al momento del hecho intervino el personal policial y logró la detención de Cuadrado en las inmediaciones, cuando se encontraba en el interior de una camioneta Ford F 100 portando un arma marca Taurus 357, mientras que Vallejos logró escapar y permaneció oculto de la justicia por largo tiempo hasta que fue detenido e imputado más tarde.

Los defensores plantearon un recurso en el que señalaron “la relación directa e inmediata que a su criterio existe entre la cuestión federal y lo resuelto en el caso, piden que se haga lugar al recurso y se disponga la elevación de la causa a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que esta revoque lo resuelto y se expida dictando un nuevo fallo ajustado a la ley y la doctrina”, según recordaron los jueces del STJ.

Pero al analizar los planteos consideraron que “el recurso extraordinario federal se deduce en tiempo, por la parte legitimada al efecto, y se dirige contra lo decidido por el superior tribunal de la causa en el orden local. No obstante, debe ser desestimado porque no cumple la totalidad de los requisitos exigidos” añadiendo que “los defensores actuantes no logran rebatir los fundamentos brindados por este Cuerpo para confirmar la sentencia de Cámara, dado que los cuestionamientos planteados no bastan para acreditar la arbitrariedad ni los demás vicios que alegan, lo cual sella su suerte adversa”.

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