21/12/2017

Acusaron a un hombre por cinco hechos de lesiones y daño en contexto de violencia de género

- LA GOLPEO Y ROMPIO SU CELULAR -  Luego de escuchar a la fiscalía y a la defensa, en audiencia oral y pública, el juez de Garantías Ricardo Calcagno tuvo por formulado los cargos por lesiones leves y graves en contexto de violencia de género y agravada por la relación de pareja y daño.

En la oportunidad el fiscal adjunto Tomás Soto formuló cargos a Enzo Sebastián Marinoni, a quien atribuyeron cinco hechos ocurridos en el marco de una relación de pareja. Cabe señalar que estas actuaciones provienen del sistema anterior con readecuación al nuevo Código Procesal Penal en vigencia.

Los hechos descriptos por la fiscalía ocurrieron en distintas oportunidades y escenarios. El primero de ellos sucedió en el mes de febrero de 2016 en el interior de una vivienda, en la oportunidad Marinoni aplicó a la mujer -que era su pareja-, un golpe de puño en el ojo izquierdo y un puntapié.

En junio de 2016, en horas de la madrugada y luego de una discusión, le propinó un golpe de puño en el ojo derecho y en la frente, donde quedó un "chichón". En octubre de 2016, en el interior de la casa, y mientras la mujer se duchaba, el imputado la tomó del cabello, y le propinó golpes. De acuerdo a la imputación fiscal la mujer intentó defenderse y se quebró la muñeca. Estas lesiones fueron calificadas como graves ya que la incapacitaron por más de treinta días para trabajar y desarrollar su vida normal. El cuarto hecho imputado ocurrió en la vía pública en el mes de febrero de 2017, cuando la víctima fue interceptada por Marinoni, quien luego de una discusión le propinó un golpe. Las lesiones sufridas fueron constatadas y calificadas como leves. Finalmente en agosto de 2017 y luego de una discusión, la tomó del cuello, le quitó el celular y se lo destruyó.

El fiscal adjunto Soto encuadró las conductas descriptas en lesiones leves -tres hechos-, lesiones graves -dos hechos-, todos en contexto de violencia de género y agravados por la relación de pareja y finalmente el delito de daño simple.

Al fundamentar la formulación de cargos, señaló los elementos probatorios, que hasta el momento han sido evaluados, entre ellos la denuncia efectuada por la mujer, la que fue ratificada en entrevista personal, fotografías adjuntadas, constancia de expediente por violencia familia Ley 3.040, tramitado ante un juzgado de Familia, certificados médicos, informe del Hospital Privado Regional, constancias del libro de guardias del Hospital Zonal e informes del Cuerpo Médico Forense. Solicitó se otorgue cuatro meses para completar la investigación. Señaló además que la denunciante se ausentó de esta localidad y prevé su regreso para el año entrante.

El imputado manifestó entender la diligencia procesal a la que asistía. Por su parte su defensor, Juan Pablo Laurence, consignó que no tenía objeciones a la formulación de cargos efectuada por la fiscalía y acordó con el plazo de los cuatro meses solicitados para completar la investigación.

Al momento de resolver, el juez de Garantías Ricardo Calcagno, tuvo por formulado los cargos imputados por el fiscal adjunto, otorgando a las partes cuatro meses para completar la investigación. En la oportunidad notificó al imputado que deberá estar a disposición de la fiscalía con domicilio establecido, informando cualquier cambio al respecto.

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