30/11/2017

Disponen apertura a juicio contra destituida secretaria judicial

- INCUMPLIMIENTO DE DEBERES DE FUNCIONARIA PUBLICA Y ABUSO DE AUTORIDAD - El juez Miguel Gaimaro Pozzi, luego de realizar audiencia oral y pública de control de acusación dispuso la apertura de juicio, en relación a Mariela Taboada, la secretaria judicial que días atrás fue destituida. Ahora será enjuiciada penalmente por incumplimiento de deberes de funcionaria pública y abuso de autoridad.

Disponen apertura a juicio contra destituida secretaria judicial

En la oportunidad, luego de escuchar a la fiscal Alejandra Bartolomé y a Taboada, quien ejerció su propia defensa en forma conjunta con el abogado Gonzalo César Escribano, el juez Gaimaro Pozzi dispuso la apertura del juicio con intervención de tribunal unipersonal.

En la misma resolución el magistrado admitió la imputación con la corrección realizada en la fecha del hecho y ordenó las medidas probatorias.

El hecho imputado por la fiscal ocurrió el 20 de mayo 2015, en el Juzgado de Instrucción Nº 2 de Bariloche. En esa circunstancia Taboada, en su carácter de funcionaria recibió a una menor de 15 años, quien debía prestar declaración bajo el sistema de Cámara Gesell en los autos caratulados "Chávez Aguilar José Evaristo /Homicidio Agravado" victima, conforme fuera ordenado por decreto. Allí Taboada interrogó a la niña con interés de obtener información de relevancia, de manera insistente, mortificando a la misma, sobre la causa mencionada y sobre otra causa en la que se investigaba el homicidio de un hombre de apellido Garnica. La niña, mortificada, manifestó a su abuela que no vendría más. De esta manera, señaló la fiscalía, Taboada abusó de su poder y no cumplió con sus deberes, toda vez que la norma impide a funcionarios, policiales y judiciales entrevistar de manera personal, directa a menores de 18 años de edad. La fiscalía manifestó la pretensión punitiva en seis meses de prisión de ejecución condicional e inhabilitación por el doble de tiempo.

La defensa se opuso a la acusación y solicitó se declare la nulidad. Manifestó que "La acusación viola el principio de congruencia, incumple con la manda procesal y los hechos que se imputan no coinciden con los relatadas en la audiencia de formulación de cargos". Solicitó se proceda a su sobreseimiento.

Por último, y con respecto a la solicitud de sobreseimiento y en virtud de los otros planteos desestimados, también se rechazó el pedido de sobreseimiento. "La defensa sabe que en el hecho que se le atribuye no hay atipicidad ni falta de tipo y por lo tanto voy a rechazar cada una de las oposiciones de Taboada. De manera tal que de conformidad con el art. 168 voy a disponer la apertura de juicio y en virtud de postulación hecha por la fiscalía la misma será de un juzgado unipersonal solicitando la oficina judicial conceda la fecha de realización de juicio”.

En la segunda parte de la audiencia se realizó el ofrecimiento de prueba, y la incorporación luego de la merituación de cada una de las pruebas ofrecidas por las partes, testimoniales, incorporaciones de expedientes, periciales, documentales, soportes digitales entre otras. (Fuente: Prensa Poder Judicial)

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