12/10/2017

No habrá juicio por horrendo femicidio en El Bolsón

- EL ACUSADO TIENE UN CUADRO DE DEMENCIA -  El juez de garantías Ricardo Calcagno no hizo lugar al pedido de sobreseimiento y suspendió el proceso contra Carlos Saúl Vázquez, imputado por asesinar a su pareja, Evangelina Catalán, mediante martillazos y un profundo corte en el cuello. El hecho ocurrió en El Bolsón. El sujeto continuará internado en Salud Mental del Hospital Zonal en donde recibe asistencia psiquiátrica debido a una patología mental que le impide comprender la acusación y defenderse. Su situación de internación, ahora pasó a manos de la Justicia de Familia.

No habrá juicio por horrendo femicidio en El Bolsón
Escena de la audiencia contra Vázquez.
Escena de la audiencia contra Vázquez.

Para octubre de 2014, Carlos Saúl Vázquez era absolutamente consciente de sus acciones, las que podía dirigir y comprender. Así fue como en el interior de la vivienda que ocupaba con su esposa, en el barrio San José de El Bolsón, tomó un martillo y golpeó salvajemente a la mujer, en la cabeza, para luego efectuarle un profundo corte en el cuello con un machete y alejarse del lugar para esconderse en la casa de un allegado. El cadáver de Catalán, fue hallado por uno de sus hijos varios días después del hecho. Estaba tirada sobre la cama, en el dormitorio, sobre un charco de sangre. 

Las sospechas cayeron rápidamente sobre Vázquez porque no pudieron localizarlo y advirtieron que ya no estaba su ropa en la casa. Días después se produjo su detención, dando inicio a una investigación judicial que rápidamente lo tuvo a Vázquez como principal sospechoso. Tras ello, el hombre comenzó a experimentar un cuadro mental difícil de definir para los especialistas que lo asistieron, con mezclas de lo que se denomina síndrome de Ganser y un cuadro similar a la demencia, crónica y progresiva. La psiquiatra forense Verónica Martínez describió que el acusado mantiene un serio déficit cognitivo y eso le impide comprender de qué lo acusan. Su colega, el médico forense Leonardo Saccomanno, explicó que en su trayectoria profesional no había visto un cuadro semejante y que se trataba de un caso totalmente atípico.

Los dos profesionales habían declarado ante el tribunal de la Cámara Primera del Crimen, cuando en abril de este año los jueces suspendieron la realización del juicio y remitieron nuevamente el expediente a la etapa preliminar, decretando la nulidad de la declaración indagatoria del acusado, entendiendo que ya en ese momento era atravesado por su problema mental y de todos los actos procesales posteriores. En esa instancia indicaron los galenos que sospecharon inicialmente que Vázquez intentaba “hacerse pasar por loco”, con su actitud y con una serie de tics corporales muy particulares. Sin embargo, consultando con otros especialistas y profundizando el estudio de su salud mental, determinaron que está al borde de ingresar en un cuadro de demencia y que probablemente sea irreversible.

Este miércoles (11/10), en audiencia requerida por la fiscalía, la agente Betiana Cendón reclamó el sobreseimiento del acusado, entendiendo que no está en condiciones de comprender la acusación y defenderse en un juicio por el hecho que le atribuyen. A su posición adhirió el abogado representante de la querella, Víctor Massimino, advirtiendo que las hijas de la víctima no habían comprendido la cuestión y que aún con todas las pruebas del expediente, pretendían un juicio oral contra el sujeto.

El defensor particular Sebastián Arrondo adhirió a los planteos, agregando un pedido especial para que se ordene la continuación del tratamiento psiquiátrico que recibe su pupilo en el área de Salud Mental del nosocomio local, en tanto que el defensor de Menores e Incapaces, Javier Ospital, agregó al planteo que se retire la custodia policial permanente del hombre.

El juez de Garantías, Ricardo Calcagno, se negó a decretar el sobreseimiento del sujeto pese a que las partes fueron coincidentes, señalando que en el nuevo Código Procesal Penal no podía dictarse el sobreseimiento de la forma requerida y explicó que al momento del hecho el acusado comprendía la criminalidad de sus actos y podía dirigir sus acciones, resultando su demencia en una incapacidad sobreviniente, cuya única solución prevista por la normativa era la suspensión del proceso penal y además, entendiendo que el sujeto puede ser peligroso para sí o para terceros, ordenó que continúe con custodia policial permanente.

La decisión del magistrado fue cuestionada por los defensores mediante un planteo de revocatoria, aunque en esa instancia sostuvo su resolución, generando que las partes manifiesten la posibilidad de impugnarla ante el foro de jueces.

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