07/09/2017

Confirmaron sobreseimiento de mujer que apuñaló y mató a su pareja

- ERA VICTIMA DE VIOLENCIA DE GENERO - Había sido sobreseída por legítima defensa de un tercero, su hija, pero la fiscalía apeló la medida. El juez Miguel Gaimaro Pozzi rechazó el planteo fiscal y confirmó la medida que eximió a la mujer de responsabilidad por las dieciocho puñaladas que le asestó a su pareja, a quien había denunciado anteriormente por violencia de género. La audiencia se desarrolló sin la presencia de la prensa por un planteo defensivo que fue aceptado por el juez.

Por Mariano Colombo
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Antes del inicio de la audiencia la defensora particular Marina Schifrin realizó la petición de que la audiencia sea restringida para la prensa, apuntando como único argumento que su asistida había sido víctima de violencia de género y la presencia de los medios acreditados en los tribunales locales, implicaría una revictimización. El fiscal jefe Martín Lozada no se opuso al planteo sin mayores digresiones y el juez Miguel Gaimaro Pozzi hizo lugar a la petición sin ninguna argumentación, lesionando gravemente la posibilidad de transparentar el proceso judicial seguido contra la mujer y contrariando los preceptos impulsados por el nuevo Código Procesal Penal, motivado en la supuesta publicidad de los actos de gobierno desde la primera etapa de la investigación, que en este caso no se aplicaron.

La controvertida resolución del magistrado, alcanzó también a las encargadas de prensa del Poder Judicial y del Ministerio Público Fiscal, a quienes se autorizó a permanecer en la sala pero se les impidió tomar fotografías durante la audiencia, como habitualmente lo hacen.

María Cateblanco (38), ultimó a su pareja Cristian Oses (28), mediante la aplicación de dieciocho puñaladas. Cuando el sujeto yacía en el piso ya sin vida, continuó propinándole puntapiés, según apuntaron fuentes de la fiscalía, quienes argumentaron que no se fundamentó debidamente el sobreseimiento de la mujer y que la medida adoptada por el entonces juez de Instrucción, Ricardo Calcagno, resultó prematura.

Consideraron también desde el Ministerio Público Fiscal, que no se había comprobado la contemporaneidad entre la agresión ilegítima de Oses y el posterior ataque de Cateblanco, como así tampoco se analizó la racionalidad del medio empleado, es decir, el poder lesivo de un arma blanca impactando reiteradamente contra el cuerpo de una persona, en relación a un par de piedras arrojadas contra una vivienda.

Según la pieza acusatoria que la fiscalía intentó sostener, el hecho investigado ocurrió el pasado sábado 18 de marzo en una vivienda ubicada en la intersección de las calles 2 de Agosto y Frey, del barrio Ayelén. Hasta ese lugar había llegado Oses en actitud agresiva intentando ingresar.

Cuando la hija adolescente de la mujer le negó el acceso, reaccionó arrojando piedras sobre la casa. La chica temió que una de las piedras pudiera pegarle, por lo que cerró los postigos de las ventanas e ingresó corriendo a la vivienda. Instantes después, Cateblanco tomó un cuchillo, salió a enfrentarse con el sujeto al que la unía una relación sentimental de más de tres años y le asestó dieciocho puñaladas, provocando su deceso.

Sin embargo la defensora particular Marina Schifrin pidió el rechazo de los planteos de la fiscalía y argumentando los episodios de violencia de género previos, requirió la confirmación del sobreseimiento.

La resolución del juez Gaimaro Pozzi fue tomada de inmediato, aunque la prohibición de acceder a la sala que dictó antes contra la prensa, impidió tomar contacto de los argumentos utilizados para desestimar los planteos de la fiscalía y confirmar la petición defensiva.

Según la narración que la propia víctima había hecho ante el juez de Instrucción Ricardo Calcagno, el día previo al desenlace fatal, Osses se había presentado en su domicilio y la había golpeado, señalando además una serie de incidentes violentos previos por parte del hombre, que les hacían tener miedo tanto a ella como a sus hijas.

Según su propio testimonio, los malos tratos eran frecuentes y ello la impulsó la misma noche del viernes a dirigirse a la terminal de ómnibus con la intención de alejarse de Bariloche, comprando un pasaje de colectivos para irse a Comallo. Los médicos forenses que la revisaron horas después del hecho, avalaron la posición defensiva en el sentido de que los moretones en su cara y la falta de una pieza dental, eran contemporáneas al homicidio del joven.

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