19/04/2017

Llega a juicio un empleado municipal acusado por corrupción de menores

- NIÑOS COMO VICTIMAS -  El tribunal de la Cámara Primera del Crimen ya fijó fecha para la realización del juicio oral contra Víctor Germani, el empleado municipal al que atribuyeron los delitos de promoción de la corrupción de menores y de la prostitución. Los hechos investigados, ocurridos entre 2012 y 2015, tuvieron por víctimas a dos menores de edad.

Llega a juicio un empleado municipal acusado por corrupción de menores

Por Mariano Colombo
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Mañana comenzarán a ventilarse los pormenores del caso que tiene por principal protagonista a Víctor Germani, un empleado municipal al que atribuyeron los delitos de promoción de la corrupción de menores y de la prostitución, agravado por la situación de vulnerabilidad de las víctimas y por tratarse de menores de edad.

 

Durante la instrucción del caso, autoridades lograron un allanamiento en la vivienda del sujeto en el que secuestraron material pornográfico, incluyendo videos de contenido pedófilo y que inclusive lo tenían por protagonista.

Según la imputación sostenida por el agente fiscal Martín Govetto, los hechos investigados ocurrieron entre los años 2012 y 2015, en la vía pública y en el domicilio particular de Germani, quien fue detenido con prisión preventiva y aguarda en esa condición el desarrollo del juicio que determinará su responsabilidad en los hechos atribuidos.

Al momento de fundar su procesamiento, el juez de Instrucción Marcos Burgos encontró un amplio material probatorio que sumado a diversos testimonios recogidos durante la investigación, los informes interdisciplinarios y periciales, daban un cuadro inicial que permitió sostener la acusación con el grado de probabilidad para la etapa procesal.

El Código Penal sanciona con penas de tres a diez años de prisión al que promoviere o facilitare la corrupción de menores de dieciocho años, aunque mediare el consentimiento de la víctima. La pena aumentará de seis a quince años de prisión cuando la víctima fuera menor de trece años. Además, cualquiera que fuese la edad de la víctima, la pena será de prisión de diez a quince años, cuando mediare engaño, violencia, amenaza, abuso de autoridad o cualquier otro medio de intimidación o coerción, como también si el autor fuera ascendiente, cónyuge, hermano, tutor o persona conviviente o encargada de su educación o guarda.

En tanto que el que promoviere o facilitare la prostitución de una persona será penado con prisión de cuatro a seis años de prisión, aunque mediare el consentimiento de la víctima, pena que aumentará de cinco a diez años de prisión, si mediare engaño, fraude, violencia, amenaza o cualquier otro medio de intimidación o coerción, abuso de autoridad o de una situación de vulnerabilidad, o concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre la víctima. La pena se agrava cuando la víctima fuere menor de dieciocho años, en cuyo caso se eleva de diez a quince años de prisión.

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