13/02/2017

Piden revocar sobreseimiento y continuar con la investigación

- LA FISCALIA ACOMPAÑO EL PLANTEO -  El abogado representante de la querella, Juan Carlos Rojas, pidió a los jueces de la Cámara Segunda que revoquen el sobreseimiento que dispuso el juez de Instrucción Ricardo Calcagno, a favor de Lorenzo Raggio, por el homicidio culposo de Juan Carlos Cornejo. Según su argumento, el conductor tuvo una buena cantidad de metros para observar al peatón e intentar una maniobra elusiva.

Considerando una variable en la velocidad a la que conducía el Fiat Idea el imputado Lorenzo Raggio, el abogado patrocinante de la querella Juan Carlos Rojas, argumentó que el acusado tuvo una distancia de entre 62 y 77 metros para advertir el inicio del cruce peatonal que intentaba Juan Carlos Cornejo, a la postre arrollado y fallecido como consecuencia de las graves lesiones sufridas.

Es que la pericia accidentológica desarrollada, estimó la velocidad del Fiat Idea entre unos 53 y 62 kilómetros por hora. Tomando la mínima y la máxima velocidad estimada, considerando la velocidad a la que se desplaza un hombre promedio cuando camina (poco menos de un metro por segundo) y tomando como referencia el punto en donde se produjo el impacto, el abogado apuntó que Raggio tuvo varios metros para anticipar una maniobra que le permita eludir al peatón.

Según su argumento, Cornejo demoró entre cuatro y cinco segundos en llegar al punto en que se produjo el impacto desde que inició el cruce de la arteria. En ese mismo tiempo y a la velocidad que circulaba, Raggio recorrió entre 62 y 77 metros, distancia que le habría permitido evitar la colisión. Por el contrario, continuó su marcha y embistió a Cornejo cuando éste ya casi había completado el cruce del carril Norte de la Avenida 12 de Octubre, con la parte izquierda del vehículo que conducía.

El fatal accidente ocurrió el sábado 21 de mayo del año pasado en la intersección de la Avenida 12 de Octubre y Onelli, donde el automóvil conducido por Raggio embistió a Cornejo cuando éste cruzaba la calzada por la esquina, sobre la hipotética senda peatonal que no estaba señalizada debidamente.

Apuntó Rojas que Raggio no conducía correctamente ni prestando la debida atención, además, violó la ley de tránsito al no respetar la velocidad de aproximación a una intersección, establecida en 30 kilómetros por hora.

Más allá de no discutir la intoxicación alcohólica que tenía el peatón en el momento del siniestro, el abogado apuntó que no puede adjudicarse la responsabilidad de un accidente a un peatón que cruza por la esquina y que tiene prioridad de paso. Finalmente enfatizó que “un cuerpo humano no se materializa de un momento a otro”, desechando los dichos del acusado en relación a que Cornejo apareció de improviso.

Rojas, además de la revocatoria del sobreseimiento, pidió a los jueces de la Cámara Segunda el apartamiento del juez Calcagno y del fiscal Martín Govetto, para que otros funcionarios continúen investigando.

Para el fiscal de Cámara Martín Lozada, las constancias reunidas en el expediente no habilitan la resolución que tomó el juez Calcagno, la que tildó de “apresurada” y acompañó el pedido de la querella de revocar el sobreseimiento y continuar investigando lo ocurrido para intentar establecer la responsabilidad que le cupo a Raggio en el siniestro.

Graficó que según testigos presenciales, las primeras palabras de Raggio tras el hecho fueron “No lo vi, no lo vi”, lo que en algún punto acompaña la tesis de la querella.

El defensor particular Federico Zielinsky, pronunció un escueto alegato en el que señaló que la pericia accidentológica había resultado clara y que la querella modificaba intencionalmente ciertos parámetros de la misma para pronunciar su posición. Pidió que se rechace el planteo y se confirme el sobreseimiento.

Según los estudios médicos practicados, al momento del siniestro la víctima tenía un elevado porcentaje de alcohol en sangre. Las autoridades informaron entonces que el peatón tenía 3 gramos de alcohol por litro de sangre. La referencia de 0,5 gramos de alcohol para conducir, pone en evidencia el grado de intoxicación del peatón.

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