11/01/2017

Confirman prisión por abusos sexuales que sufrieron dos niñas

El Superior Tribunal de Justicia confirmó la sentencia de la Cámara Criminal Segunda de Bariloche que había condenado a un hombre a la pena de 10 años de prisión por los abusos sexuales cometidos en perjuicio de dos víctimas menores de edad. 

Con voto rector del juez Enrique Mansilla y adhesión de los vocales Adriana Zaratiegui y Sergio Barotto, el STJ declaró mal concedido el recurso de casación interpuesto por la defensa y ratificó la sentencia dictada en marzo de 2016 por la Cámara barilochense.

El imputado J.A.C. fue declarado "autor penalmente responsable del delito de abuso sexual reiterado agravado por la condición de convivencia preexistente y la minoridad de las víctimas, en concurso real".

Contra aquel fallo, el defensor oficial Marcelo Álvarez Melinger interpuso una casación en la que cuestionó que el acusado había sido "excluido de la sala" cuando las víctimas declararon en el juicio oral, afirmó que el hombre debió ser absuelto por un supuesto vencimiento de los plazos procesales en la etapa de instrucción de la causa -iniciada en el año 2012- y requirió la declaración de nulidades. Además se agravió por el desempeño de las psicólogas que intervinieron en el caso y por la valoración que hizo el Tribunal de las declaraciones de víctimas y testigos. Finalmente solicitó al STJ que absuelva al acusado "libremente de culpa y cargo" o, en su defecto, por el beneficio de la duda.

Según la sentencia, los abusos ocurrieron entre los años 1998 y 2002 en Bariloche, en la vivienda que las víctimas compartían con el imputado, quien era pareja de la madre de las niñas. Las víctimas tenían 7 y 9 años cuando comenzaron los sometimientos sexuales. En ambos casos, el fallo destacó que el hombre aprovechó "la proximidad y habitualidad" del trato con las menores de edad para cometer los abusos.

Tras analizar y descartar uno por uno los agravios de la defensa, el STJ concluyó que la Cámara de Bariloche "ponderó las pruebas indiciarias de cargo y de descargo y, aplicando los principios de la sana crítica racional, desechó motivadamente las últimas y estableció la correcta solución del caso". "La valoración de todos los medios de prueba señalados denota un hilo argumental que permite seguir el curso del razonamiento para concluir categóricamente en la responsabilidad penal de J.A.C.", sostuvo el Tribunal. (Fuente: Prensa Poder Judicial)

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